Elecciones a la Asamblea de Extremadura: Últimos Días para el Voto por Correo

A menos de tres semanas para las elecciones autonómicas a la Asamblea de Extremadura del próximo 21 de diciembre, la sociedad estatal Correos recuerda a los electores los plazos y procedimientos clave para ejercer el derecho al voto por correspondencia.

 

Correos, el operador designado por el Estado para el Servicio Postal Universal, está movilizando todos sus recursos logísticos y humanos para garantizar la correcta gestión del voto por correo, un servicio crucial en el proceso electoral.


Plazos Fundamentales para los Votantes

Los electores interesados en votar por correo deben prestar especial atención a las siguientes fechas límite:

  • 11 de diciembre: Es la fecha final para solicitar el voto por correo.

    • La solicitud puede realizarse telemáticamente a través de la web www.correos.es (acreditando identidad con firma electrónica o DNI-e) o presencialmente en cualquier oficina de Correos de España.

  • 17 de diciembre: Es el último día para depositar el voto en cualquier oficina de Correos del país.

Importante: Una vez aceptada la solicitud de voto por correo por la Oficina del Censo Electoral (OCE), el elector no podrá votar presencialmente en la mesa electoral el día de los comicios.


✉️ Envío y Entrega de la Documentación Electoral

Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral en Extremadura comenzaron a enviar la documentación electoral (certificados, sobres y papeletas) el pasado 1 de diciembre a las direcciones indicadas por los solicitantes.

  • Entrega Certificada: Los envíos se realizan por correo certificado y urgente. El cartero realizará al menos dos intentos de entrega en mano al propio destinatario.

  • Acreditación de Identidad: El personal de Correos comprobará la identidad del elector mediante DNI, pasaporte o carné de conducir originales en el momento de la entrega.

  • Reenvío: La Junta Electoral Central permite, previa petición expresa del elector, la reexpedición de la documentación electoral a una nueva dirección o a otra oficina de Correos si el solicitante se ausenta de la dirección inicial antes de la recepción.


📮 Depósito Personal y Autorizaciones

Para depositar el sobre con el voto, la Junta Electoral Central exige la entrega personal del elector en la oficina de Correos.

  • El votante deberá identificarse con su DNI, pasaporte o permiso de conducir originales al realizar el depósito.

  • Delegación del Voto: En caso de imposibilidad de acudir personalmente, el elector debe otorgar una autorización a otra persona para que realice la entrega en su nombre. Esta autorización debe ir firmada por el elector y acompañada de fotocopias de los documentos de identidad de ambos. Correos recomienda usar el modelo de autorización disponible en su web.


📈 Refuerzo Logístico y Tecnológico

Correos ha implementado medidas organizativas extraordinarias para hacer frente al proceso electoral, especialmente en Extremadura, donde hay 81 oficinas postales.

  • Atención Prioritaria: En la red de 2.380 oficinas de Correos, se podrán habilitar ventanillas exclusivas para la gestión del voto por correo y se instalarán mesas adicionales de ser necesario.

  • Tecnología para Agilizar: Se potenciará el sistema de cita previa y se utilizarán PDAs adicionales (1.325 en toda España, 15 en Extremadura) tanto en oficinas como en la red de distribución para reducir esperas y agilizar la atención.

  • Logística: También se reforzarán los centros logísticos, incluyendo el Centro de Tratamiento Automatizado de Mérida y el de Madrid-Barajas, para garantizar el correcto flujo de la documentación.

Correos reitera la recomendación a los ciudadanos de no esperar hasta el último día para ejercer su derecho al voto por correo y aprovechar la amplitud horaria de sus oficinas postales.

El Consistorio Digital no se responsabiliza del contenido de los artículos remitidos o de opinión, siendo cada autor responsable de sus propias creaciones.

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