Los autónomos (trabajadores por cuenta propia) están altamente fragmentados: cada uno trabaja por su cuenta, en sectores distintos y con intereses diferentes. A diferencia de los trabajadores asalariados, carecen de la representación de un sindicato tradicional.
Para tener mas fuerza ante el estado, defender los derechos comunes, lograr reformas legales y evitar desigualdades entre sectores. HEMOS DE UNIRLOS BAJO UN SOLO PARAGUAS (llámese asociación, federación o plataforma, pero nunca sindicato) con ello conseguiremos más capacidad de presión política y mejores condiciones
Hemos de lograr y consolidar unan legislación a medida , porque el autónomo no es un trabajador asalariado ni tampoco es una gran empresa y en esta situación las normas actuales no encajan bien. Las Cotizaciones a la Seguridad Social a veces poco ajustadas a ingresos reales. La Menor protección en el paro, enfermedad o jubilación. Y la carga administrativa elevada. Hacen que entendamos que mediante la UNION conseguiremos que se tengan en cuenta los Ingresos variables, el riesgo empresarial individual ( riesgo puramente patrimonial) y la falta de red de seguridad
Quedan de manifiesto las diferencias que hay entre un autónomo y una empresa (sociedad) y son que el TRABAJADOR AUTONOMO Es una persona, no una sociedad . Que responde con su patrimonio personal y que tributa por IRPF, no por impuesto de sociedades, como es una persona y no una sociedad. Responde con su patrimonio personal y tributa por IRPF, no por impuesto de sociedades, cuando LAS EMPRESAS Son una persona jurídica distinta. Tienen estructura separada (SL, SA, etc.) y puede tener empleados y nóminas
Una vez especificados estos parámetros queda claro porque se reclama una regulación específica que tenga en cuenta la totalidad de las diferencias a los efectos de solventar las dificultades que con el Estatuto del Trabajo Autónomo (LETA) somete a los autónomos porque sí que puede ser una empresa, pero depende del caso, y por eso no se les trata igual: no es lo mismo una persona trabajando por cuenta propia que una entidad empresarial formal.
En cuanto a las ventajas o desventajas sanitarias y de protección a la pensión, los autónomos sí están en la Seguridad Social, pero en un régimen distinto: concretamente en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) pero cuentan con unas diferencias esenciales respecto a los trabajadores por cuenta ajena, tales como que cotizan por su cuenta, que tienen menos protección en algunos casos (aunque ha mejorado) que hay mucha más flexibilidad en bases de cotización
Por todo ello es por lo que estamos luchando, por conseguir UNIR A TODOS LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS bajo una misma plataforma que de una vez por todas tenga voz en los consejos de decisión, a los efectos de conseguir una mayor estabilidad socio-económica, más protección social, y una mayor estabilidad empresarial.
La situación actual denota que el trabajador autónomo tiene más libertad, pero menos protección y a los efectos de cubrir lo necesario estamos en la lucha de conseguir la UNIFICACION DEFINITIVA Y TOTAL DE LOS TRABAJADORES AUTONOMOS

















