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Treinta y cuatro meses de prisión es la venganza urdida contra el magistrado Presencia

Confirman en apelación, como represalia de los jueces denunciados por él, la insensata condena de 34 meses a prisión contra el juez Presencia por el “delito” de denunciar la corrupción de sus compañeros de carrera.

 

 

Insólito y nunca visto es que una Sala “cocine” una sentencia con tan inusitada rapidez. En tan solo tres días la Audiencia de Toledo ha resuelto por votación y fallo el 5 de marzo y fecha de la sentencia el 8 de marzo.

Solo con leerla se adivina inmediatamente la influencia de Lesmes, cuyos irresponsables actos son ilegales por llevar dos años ocupando el puesto de jefe del TS interinamente.

La providencia que notificó la composición de la Sala y la votación y fallo tenía fecha de 3 de marzo (notificada el 4 de marzo) y la sentencia condenatoria se publica el 12 de marzo (han transcurrido solo 8 días desde que se notificó la composición de la Sala) sin esperar siquiera a que transcurrieran los diez días hábiles para formular recusación.

El motivo de la recusación está claro: La secc. 1ª que ha dictado la sentencia de apelación es la misma que desestimó el recurso de apelación contra el auto de PA en la instrucción. El ponente de aquella resolución fue también el mismo ponente que el de esta sentencia de ahora, Emilio Buceta, quien ya entonces anticipó lo mismo que después ha reproducido en la sentencia: “ninguna de las diversas imputaciones vertidas contra el fiscal querellante se había revelado cierta hasta el momento”, esto es, que las denuncias del juez Presencia son “mentira” tal y como ha dicho ahora también en la sentencia. Omite Buceta lo que manda la Directiva Europea UE 2019/1937 reforzando la obligatoria protección para todo denunciante de corrupción, como es este caso, prohibiendo las represalias en cualquiera de sus variantes, denuncias por supuestas “calumnias” incluidas. Los juzgados y la Audiencia de Toledo se están saltando alegremente la legislación española y europea. La misma Directiva invierte la carga de la prueba, Buceta prefiere obviarlo y lanza alegremente sus apreciaciones personales

Por otro lado, en su ansia de venganza, los magistrados que firman la sentencia debieron abstenerse (contaminación tangencial) por imposición legal al haber sido denunciados previamente por el juez Presencia. Tampoco se han dado cuenta que están condenando implícitamente al fiscal de Madrid César Estirado, el que exigió a los de Talavera que se investiguen los hechos denunciados por el juez Presencia por considerarlos verdaderos.

El actual presidente de la Audiencia Provincial de Toledo Juan Ramón Brigidano, fue denunciado por el juez Fernando Presencia por estar implicado en actos de corrupción.

Desmadejemos los hechos y antecedentes, pues son algo enrevesados. Se remontan al año 2.013, siendo entonces presidente de esa Audiencia Provincial el ya jubilado Manuel Gutiérrez Sánchez-Caro, íntimo amigo de Mª Dolores Cospedal, en aquella época presidenta de Castilla-La Mancha. El actual presidente de la Audiencia de Toledo era el juez de lo Mercantil de la misma circunscripción.

Ese año 2.013 Brigidano nombró sorprendentemente 10 veces seguidas como administrador concursal en el juzgado de lo Mercantil de Toledo al director de la firma de abogados en la que se descubrió trabajaba el hijo de Gutiérrez Sánchez-Caro, Tomás Gutiérrez Colino.

Los nombramientos fueron en los concursos de las diez empresas del grupo Ortiz Bravo “Cerámicas la Oliva” (Hermanos Ortiz Bravo, Cerámica Nuestra Señora de la Oliva, Explotaciones de Canteras La Sagra, Nueva Cerámica Moderna, Ladrillería Técnica, Tejas Castilla-La Mancha, Tejas Árabes, Sopasa La Mancha, Centro Tecnológico de la Oliva y Auxiliar Industrial Ortiz Bravo). Sólo la matriz del grupo, Sopasa, propiedad de la familia Ortiz Bravo y participe en diversos fondos empresariales, tenía un pasivo en el año 2.011 de 30 millones de euros.

La sociedad de la familia Ortiz Bravo también gestionaba la residencia de mayores Virgen de la Oliva, siendo los auditores del conglomerado empresarial la firma Abaco Auditores, representada por el ex alcalde de Toledo, el economista y empresario Juan Ignacio De Mesa, dueño de la conocida “Repostería Santo Tomé”.

Se da la circunstancia de que De Mesa formaba parte, junto con el también empresario fundador de la conocida marca “Joma”, Fructuoso López Gómez, de los Consejos Territoriales constituidos por Liberbank en Castilla-La Mancha, entidad que mantuvo contratos de «asesoramiento verbal» con el marido de Cospedal que fueron investigados por la Audiencia Nacional.

En este punto, según la denuncia de Presencia, es donde entra en escena el fiscal Ángel Demetrio de la Cruz Andrade, que figuraba como deudor del concurso de uno de sus proveedores. Se trataba de “ELECTRICIDAD GODOY S.A.”, que fue declarada en Concurso de Acreedores Publicado en el «BOE» núm. 37, de 12 de febrero de 2013, por el Juzgado de lo Mercantil de Toledo.

Es sabido y vox populi que el fiscal Ángel Demetrio y su mujer, María García García, construyeron su chalet ilegal gracias a los sobornos, fueren ofrecidos o exigidos. La lista del activo pendiente de cobro de ese concurso era la prueba definitiva de esos impagos. En ella figuraba el “importe no abonado” (facturas por cobrar por cuantía superior a los 100.000 €) de los trabajos de electricidad y fontanería que se llevaron a cabo por la concursada, que representaban 1/6 del importe total que costó construir el chalet (se calcula que unos 600.000 € incluyendo la parcela) que nunca se pagaron. Sorprendentemente, esa deuda a favor del concurso fue condonada por Brigidano. ¿La razón? Ángel Demetrio era conocedor de los manejos del presidente de la Audiencia y el juez de lo Mercantil, y les chantajeó.

El fiscal supo que los nombramientos a favor del despacho en el que trabajaba el hijo de Gutiérrez Sánchez-Caro obedecían a un soborno. Brigidano pretendía desde hacía tiempo la presidencia de la Audiencia Provincial, y el entonces presidente le prometió no presentarse a la reelección si aquél accedía a los nombramientos que se sabía que eran ilegales a favor de un hombre de paja llamado Luis Gómez De las Heras Martín-Maestro, el dueño del despacho donde trabajaba su hijo.

Para que “el pago” del amaño no se notara demasiado se presentaron los dos magistrados a la elección con la intención de que Gutiérrez renunciara una vez en marcha el proceso, dejando solo al juez de lo Mercantil que de este modo se convertiría en el nuevo presidente. Sin embargo algo falló, Sánchez-Caro sintió miedo y no renunció, resultando reelegido. Por eso Brigidano tuvo que esperar varios años aguardando a que el ingrato se jubilara.

El mismo día en que el flamante nuevo presidente ocupaba su sillón en la Audiencia Provincial de Toledo, un mes después de la entrevista de “La Cerca”, él y Rouco decidieron echar la culpa de absolutamente todo al anterior presidente. Acusaron al ya jubilado Gutiérrez Sánchez-Caro de estar diametralmente separado de «la transparencia y la modernidad de la Justicia», de una Justicia «más amable, más cercana y accesible a los ciudadanos y a los medios de comunicación».

“No creo que haga falta añadir nada más, ¿no creen?”, espetó Rouco ante los medios de comunicación para disfrutar ensañandose con el jubilado. Como podrá entenderse, la opinión del ahora denunciado cayó como un mazazo sobre la cabeza del recién retirado, que dejaba ya de participar en esa (presunta) organización criminal.

El juez Presencia denunció lícitamente presuntos hechos de corrupción. Muchas de las denuncias que él mismo acumuló le fueron hechas de modo anónimo, lo que le obligaba a mantener el secreto exigido por los denunciantes. Pues bien, en lugar de investigar como es su obligación, los juzgados y la fiscalía arremetieron con saña nunca vista contra el juez denunciante, siguiendo la obsoleta, caduca y abusiva doctrina marcada por el turbio Cándido Conde Pumpido para autoprotegerse de sus numerosos líos. Resaltamos que la inmediata reacción de juzgados y fiscalía fue una serie de duras represalias contra un juez aforado que sigue siéndolo porque así los establece el BOE.

Por todo ello, los represaliadores tendrán que responder ante los tribunales de la UE, pues las vengativas acciones y reacciones contra él se contemplan como delitos europeos.

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